DECIDE:
1.- AUTORIZAR a la ciudadana CONSUELO DE LA TRINIDAD RIVERA PALOMARES, a retirase del inmueble que le sirvió de hogar conyugal a ella y a su cónyuge ciudadano ARGENIS DE JESUS ESPINA VASQUEZ, el cual está conformado por un apartamento ubicado en la tercera planta del edificio 3, núcleo 5 signado con el Nº 5-3-3B del Conjunto Residencial El Cuji, tercera etapa, situado al borde de la carretera que conduce a Maracaibo a la población El Mojan, en el sector conocido como Monte Claro bajo, Jurisdicción de la Parroquia Juana de Avila, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente registrados en la oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro bajo el Nº 33, protocolo: Primero, Tomo: 28, de fecha 27 de Septiembre de 2001, de conformidad con el ordinal primero 1° del artículo 191 del Código Civil.
2.- AUTORIZAR a la ciudadana CONSUELO DE LA TRINIDAD RIVERA PALOMARES para que pueda alquilar el inmueble que le sirvió de hogar conyugal a ella y a su cónyuge ciudadano ARG.....