En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en funciones de juicio, constituido en forma mixta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD: DECLARA: se ABSUELVE al Acusado ORLANDO RAMIREZ VASQUEZ, de nacionalidad colombiana, natural de Cali, de 67 años de edad, pasaporte N° E- 16.222.622, casado, de profesión u oficio comerciante, hijo de JOSE RAMIREZ e ISABEL VASQUEZ, residenciado en Carrera Cuarta, N° B-3252, Bogotá, Colombia, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y en consecuencia, se ordena su inmediata libertad, la cual se hará efectiva en esta sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Cód.....