DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CONSTITUIDO EN FORMA MIXTA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DICTA: SENTENCIA CONDENATORIA, y DECLARA "CULPABLE" al ciudadano LINO ARTURO PULGARIN PEREIRA, de nacionalidad Colombiana, natural de Guacamayan Magdalena, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 07-01-1985, estado civil soltero, de profesión u oficio Vigilante, titular de la cédula de identidad N° 85.262.129, hijo de LEONEL PULGARIN (D) Y ANA ISABEL PEREIRA, residenciado en la Cañada de Urdaneta, Sector Los Clavos, calle cementerio, casa sin numero, frente del Abasto, Estado Zulia, por su participación, COMO AUTOR, en la perpetración de los delitos de VIOLACION AGRAVADA, el cual se encuentra previsto y sancionado en el articulo 374 numeral 1° en.....