Se DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensora Pública No. 08 (Suplente) representada en la persona de la ABG. FRANCYS GABRIELA PEROZO MIQUILENA, y lo procedente es modificar el régimen de presentación quincenal cada quince (15) días, que le había sido impuesto al adolescente NOMBRE OMITIDO EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA, por el régimen de presentación a cada sesenta (60) días, es decir cada Dos (02) Meses, debiendo proseguir su presentación el día 29 de Junio de 2.009, por ante el Sistema Automatizado u Oficina de Presentación de Imputados adscrita al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por lo que se mantienen las medidas cautelares sustitutivas menos gravosas decretadas en fecha 04/05/2008 establecidas en el articulo 582 literales "b","c", y "f" del artículo 582 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia procede en la presente causa la extensión a través de la modificaci.....