Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, intentada por el ciudadano: AMAEL ENRIQUE SANTELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.963.713, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, en contra de la ciudadana: ALICIA GREGORIA URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.451.794, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, y en beneficio del hijo de ambos, el adolescente: AMAEL ENRIQUE SANTELIZ URDANETA.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito en fecha Veintiuno (21) de Marzo de 2011, por el ciudadano: AMAEL ENRIQUE SANTELIZ, vene.....