PRIMERO: Declara FIRME el monto estimado e intimado por los ciudadanos Luis Gerardo Pineda y María de los Ángeles Pineda Arguello, contra el ciudadano Jaime Alfredo Medina Ramírez, antes identificados, por concepto de costas procesales.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena al demandado pagar a la parte intimante la cantidad de siete millones veinte mil bolívares (Bs.7.020.000,00), hoy siete mil veinte bolívares fuertes (Bs.F 7.020,00), por concepto de costas procesales estimadas e intimadas en esta causa.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales, de esta decisión, por dictarse fuera del lapso previsto en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se hace condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente sentencia.