Dispositiva.
En consecuencia, este Tribunal en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 22 de diciembre de 2003, y su posterior ratificación de fecha 26 de noviembre de 2004, con fundamento en el artículo 335 de la Constitución Nacional, y 164 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se asume totalmente el poder jurisdiccional en el presente asunto, prescindiéndose de la participación de los escabinos; Segundo: Se fija el Juicio Oral y Público en la presente causa para el día martes 27 de octubre de 2009, a las 01:30 p.m. en la Sala N° 1 de este Circuito Judicial Penal, Tercero: Cítese a los expertos y testigos para el Juicio Oral y Público. Cúmpl.....