Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano ALFONZO JOSE GOMEZ LUGO en contra de la demandada VIPROCENTRO, S.A., en consecuencia se condena a pagar a la demandada VIPROCENTRO, S.A, al ciudadano ALFONZO JOSE GOMEZ LUGO, la cantidad de VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS UN BOLIVAR CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. Bs 24.501,85)., más lo que resulte de la corrección monetaria e intereses de mora, dichos montos serán calculados con experticia complementaria del fallo por el Banco Central de Venezuela, una vez quede firme la presente sentencia.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada para el copiador de sentencias.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de P.....