DECISION
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: imparte la HOMOLOGACIÓN Y LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA a la SOLICITUD DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesta por los ciudadanos, AZEM DURAG y ARLEY MARGARITA MARTINEZ, venezolanos mayores de edad titulares de la cedula de Identidad Nros V. 30.249.998 y V-7.765.578, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada, ROSSANA ALVIAREZ ALEMAN, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 138.325, expuestos en el escrito de solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 del código Civil y 788 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Devuélvase la original.....