PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto la profesional del derecho, LIZ DANIELA LOPEZ PARRAGA, Defensora Pública Provisoria Segunda para el Proceso Penal Ordinario, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensora de los imputados, DERVIS ENRIQUE MEDINA, (Indocumentado) y LUIS JEREMIAS CARRERA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 20.843.817.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, resultando improcedente la aplicación de una medida menos gravosa. Publíquese, regístrese y remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente, a los fines legales consiguientes. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, a los seis (06) días del mes de noviembre del año 2019. 209° de la Independencia y 160° de la Federación.