Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO seguido por el ciudadano JESUS NEGRETTI, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad N° 16.355.989, domiciliado en la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido por el abogado Jose Luis Ortega Matheus, con Inpreabogado Nº 14.468, en contra de la ciudadana JESUSITA DEL CARMEN URDANETA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número 7.963.145 y domiciliada en el Barrio 26 de Julio, Av. 34 Quinta Jeilin, casa s/n, diagonal a la.....