A) CONSUMADO el acto procesal de ALLANAMIENTO, realizado por la representación judicial de la parte demandante Sociedad Mercantil LUBO COMPAÑÍA ANONIMA C.A., y la representación judicial de UNIÓN PRODUCTORES AGROPECUARIOS COMPAÑÍA ANÓNIMA (UPACA), en el presente juicio, en consecuencia, se homologa el referido acto de autocomposición procesal, dándole el carácter de cosa Juzgada, y por último se abstiene el Tribunal de archivar el expediente.
B) En cuanto a las costas procesales se deja constancia que las partes fijaron el pago de estas.
C) Este Juzgado ordena archivar el expediente por haberse cumplido en su totalidad el convenio celebrado.