D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRESCRITA LA ACCIÓN, intentada por el ciudadano JESUS DEL CARMEN GALVIS, contra la empresa BGP INTERNATIONAL OF VENEZUELA y solidariamente PDVSA SUR PETROLEO Y GAS, S.A., por concepto de diferencia de cobro de prestaciones sociales.
No hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los siete (07) días del mes de enero del año 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Juez,
Abg. Enaydy Cordero
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