este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada2) SE DECLARA CON LUGAR la demanda que intentó el ciudadano KELVIN ARGENIS URRIBARRI SAYAGO en contra de la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEO S.A. 3) SE DECLARA INJUSTIFICADO EL DESPIDO EFECTUADO Y SE ORDENA a la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEO S.A., reenganché al ciudadano KELVIN ARGENIS URRIBARRI, a sus labores habituales de trabajo con el correspondiente pago de salarios caídos, producidos desde la fecha de su notificación, hasta que proceda a consignarlos voluntariamente, persista en el despido o se ordene la ejecución forzosa de esta decisión, a razón del ultimo salario mensual devengado; debiendo incluirse los aumentos que por Decretos Presidenciales hayan sido dictados por el Ejecutivo Nacional o por Convención C