PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO de la decisión N° 0215-19, de fecha 22 de mayo de 2019, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, por falta de motivación.
SEGUNDO: Repone la causa al estado de que el órgano subjetivo al que le corresponda conocer la presente causa, se pronuncie sobre la solicitud de entrega del vehículo objeto de la presente controversia, previa práctica de las diligencias de investigación que contribuyan al esclarecimiento de la controversia aquí planteada, colocándose hasta ese momento el vehículo a disposición del Ministerio Público, correspondiéndole a la instancia ordenar lo conducente para que el vehículo sea retenido nuevamente; es decir, se coloque en el estado en que se encontraba antes de la decisión anulada.