Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL SEXTO DE MINICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado por las partes en el proceso y se le da el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: Este Juzgado se abstiene de archivar el presente expediente hasta tanto, conste en actas el cumplimiento del actor de presentar en original en los términos convenidos, la factura que dio origen a la emisión del cheque fundante de la pretensión
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.....