SE CONDENA al acusado: JHOAN RICARDO ROMERO GARCIA, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, Profesión u Oficio mecánico, Estado Civil Soltero, 26 años de edad, fecha de Nacimiento 19-11-77, titular de la cédula de Identidad Nro V-13.607.850, Hijo de Ricardo José Romero(v) y de Gladis Antonia de Romero(v), Residenciado en el Barrio 28 de diciembre, avenida 49FE, casa N° 179-79, Municipio San Francisco, del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, UN (01) MES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PORTE ILICITO DE ARMA Y HOMICIDIO SIMPLE, cometido en perjuicio del ciudadano ROBERT RAMON PEREZ ARRIETA, EL ESTADO VENEZOLANO y del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de ALEXANDER JOSE DIAZ DIAZ, en consecuencia, la mencionada condena la deberá cumplir dicho penado en el establecimiento penitenciario que determine el Juez de Ejecución