En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho NANCY INMACULADA ZAMBRANO ROA, actuando con el carácter de Fiscal Quinta (5°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión No. 0181-12, de fecha trece (13) de Febrero del año dos mil doce (2012), dictada por el Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, relacionada con la causa seguida a la ciudadana LUZ MARÍA DÁVILA DE BATLLE, portadora de la cédula de identidad No. V- 5.819.445, por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 468 en concordancia con el artículo 99 del Códi.....