En consecuencia, por las razones arriba comentadas, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, homologa la transacción concretada entre los ciudadanos ANDREA PATRICIA APPING MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.129.503, en representación del Banco Provincial, S.A., Banco Universal, quien es la parte demandante, y los ciudadanos demandados LABIDA EDIOBER RAMIREZ DE CONTRERAS y HUGO ARMANDO CONTRERAS GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-4.328.210 y V-4.327.852, respectivamente.
Visto que las partes consignaron junto con el documento contentivo de la transacción, documento elaborado por la oficina de consultores Global Legal Consulting, en fecha cuatro (04) de mayo del 2015, del que se desprende el cumplimiento recíproco de las obligaciones asumidas por las partes; .....