Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, JOSE ANTONIO MARRIAGA PULIDO y ANA MARIA PEÑA REYES, en fecha diez (10 ) de Junio del año Mil Novecientos Ochenta y Tres (1.983), por ante la Prefectura Civil del Municipio Cristo de Aranza Distrito de Maracaibo, hoy Oficina Parroquial de Registro Civil Cristo de Aranza del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.