este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano MOISÉS GERARDO VIVAS VELASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.675.930, contra el MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE.
SEGUNDO: Se DECLARA la nulidad del acto administrativo de retiro contenido en el oficio Nº 001085, de fecha 22 de marzo de 1999.
TERCERO: Se le ordena al Ministerio del Ambiente y de los Recurso Naturales Renovables (hoy) Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, que proceda a reincorporar al querellante en el período de disponibilidad, con el pago del sueldo y demás remuneraciones correspondientes al cargo que desempeñaba por el lap.....