Por ello, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus, HAYDEE DEL CARMEN ANDRADE NAVA DE RINCON, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.645.4711, fallecida ab-intestato el día diecisiete (17) de enero de 2015, a su esposo ciudadano PEDRO SEGUNDO RINCON FERNANDEZ y a sus hijos ciudadanos EDDER MARTIN RINCON ANDRADE, EIDYS MIDIMER RINCON ANDRADE, EDDIE MANUEL RINCON ANDRADE y EIVYS MARYVICT RINCON ANDRADE plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.