En virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Parcialmente con Lugar la demanda.
DISPOSITIVA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CIRO YSRRAEL COLMENARES CATARI, titular de la cédula de identidad número V.- 10.329.952.
SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil Complejo Agroindustrial Azucarero Ezequiel Zamora S.A, al pago por la cantidad de CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs.108.724,26), más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, los intereses moratorios por la mora en cuanto al pago de las prestaciones sociales, la corrección monetaria y los intereses sobre prestaciones sociales y demás indemnizaciones laborales indicadas en la parte motiva de la .....