PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, formulare el ciudadano RUBEN JOSE RIVERO UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-15.987.951 en su carácter de COMISIONADO REGIONAL de la ASOCIACION SCOUTS DE VENEZUELA, antes Federación de Boys Scout (exploradores) de Venezuela, inscrita ante el Registro Publico del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 71, Tomo 2, Protocolo 1°, de fecha 04 de febrero de 1937, contra la SOCIEDAD CIVIL MVH CONSULTORES JURIDICOS.....