Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por la abogada Ana Carolina Moran, titular de la cédula de identidad N. 12.695.450, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 105.892, en su condición de apoderada judicial del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la medida cautelar decretada en fecha 07 de octubre de 2009, por éste Superior Órgano Jurisdiccional.
SEGUNDO: Se RATIFICA la medida de amparo cautelar decreta en fecha en fecha 07 de octubre de 2009, por éste Superior Órgano Jurisdiccional.
TERCERO: SE ORDENA la incorporación inmediata del ciudadano JORGE MANUEL MEDINA GARCÍA como Miembro Pincipal de la Junta Principal Cristo de Aranza, hasta tanto se decida el fondo del presente recurso contencioso administrativo.