QUINTO: Posteriormente en fecha: 18-03-05, fue detenido nuevamente, por el delito de: HURTO CALIFICADO; según expediente N° EP01-P-2005-002389, siendo condenado JUZGADO DE JUICIO N° 01 DEL ESTADO BARINAS, en fecha: 07-06-05, a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, quedando en: UN (01) AÑO DE PRISIÓN por la comisión del delito ya mencionado, salió el día: 20-03-2005, por medida cautelar otorgada por el Tribunal de Control N° 02 y es aprehendido nuevamente en fecha: 06-05-2005, en virtud de la Orden de Aprehensión librada por el Tribunal de Juicio N° 01, por lo que ha permanecido en prisión hasta el día de hoy: 08-05-06, por el lapso de: UN (01) AÑO Y CUATRO (04) DÍAS.
SEXTO: Por lo que el Penado: RAFAEL ARTURO BOADA RAMÍREZ, ha permanecido en prisión hasta el día de hoy: 08-05-06, por un tiempo de: CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y TRECE (13) DÍAS, de la acumulación de penas hechas por los delitos antes mencionados, qu.....