PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda de cobro de bolívares por intimación intentada por la ciudadana María Plácida Pimentel de Jiménez, contra el ciudadano Orlando Gutiérrez, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se revoca la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Juzgado en fecha 09/04/2008.
TERCERO: Se condena a la parte actora al pago de las costas del presente juicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de esta decisión, por dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 515 ejusdem.