PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión incoada por el ciudadano DAVID HAROLD FUNMAYOR, por cobro de Prestación de Antigüedad y Otros conceptos laborales, en contra de la FUNDACIÓN PARA LA ACADEMIA DE LA GAITA "RICARDO AGUIRRE" DEL ESTADO ZULIA (FUNDAGRAEZ), la cual se encuentra adscrita a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA. En consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la FUNDACIÓN PARA LA ACADEMIA DE LA GAITA "RICARDO AGUIRRE" DEL ESTADO ZULIA (FUNDAGRAEZ), adscrita a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, a pagar al ciudadano DAVID HAROLD FUNMAYOR, la cantidad de VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON 85 CÉNTIMOS (Bs.F.25.941,85), por concepto de prestación de antigüedad y otros conceptos laborales, conforme a los lineamientos señalados en la parte motiva de esta decisión.
SEGUNDO: Se condena a la FUNDACIÓN PARA LA ACADEMIA DE LA GAITA "RICARDO AGUIRRE" DEL ESTADO ZULIA (FUNDAGRAEZ), adscrita a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, a pagar a el ciudadano DAVID HAROLD FUNM.....