Por lo antes expresado ocurrió la perención de esta instancia en la presente causa. En consecuencia este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, de conformidad con los Artículos 267 ordinal 1° en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, intentada por el ciudadano EDGAR OVEIRO PRIMOSCHISTZ NATERA, asistido por el abogado ARTURO JOSÉ PINTO RODRIGUEZ, contra el ciudadano LEONCIO ACEVEDO REYES. Por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN).
Publíquese y déjese copia certificada. Notifíquese a la parte demandante. Líbrese boleta. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judic.....