Los Ciudadanos antes mencionados convinieron por ante éste Tribunal, en que el segundo de los nombrados pasaría las siguientes cantidades como Obligación de Manutención:
PRIMERO: Se comprometió a pasarle a sus hijas como Obligación de manutención la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo) MENSUALES, a partir del presente mes de Diciembre del corriente año, de los cuales CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo) serán retirados por la ciudadana YADELIS DEL VALLE MONTILBA OCHOA, directamente por la empresa y el resto se comprometió a dárselos personalmente a la señora FATIMA AMAYA, en Santa Inés, ya que su hija mayor estudia en esa Localidad y le firmara con su mismo puño y letra un recibo de pago el cual consignara por ante este Juzgado.-
SEGUNDO: En cuanto a la Bonificación Especial de Fin de Año en el mes de Diciembre, para cubrir los gastos de Estrenos de Navidad y Año nuevo, se comprometió a comprarle toda la ropa y zapatos a sus hijas y consignar.....