En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos del Acto Administrativo, dictado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en Sesión Nº 576-14, Punto de cuenta Nº 09, de fecha 04 de Junio de 2014, en el cual decidió e inicio de Rescate, sobre un lote de terrero denominado "AGROPECUARIA ORTICERO C.A", ubicado en el sector Calzada de Páez, Parroquia Páez, Municipio Pedraza del Estado Barinas, comprendido entre los siguientes linderos generales Norte: Vía Calzada de Páez y Río Ticoporo; Sur: Terrenos ocupados por José Peña, Catalina y Homero Gómez; Este: Río Ticoporo, terrenos ocupados por Remigio, Simón; y Oeste: Terrenos ocupados por José Filmara, Dani.....