IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el profesional del derecho LEANDRO LUIS PERICH, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 31.206, actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano JOSÉ ALBERTO SÁNCHEZ PORTILLO, en contra de la decisión de fecha seis (06) de Diciembre de 2011, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del mencionado imputado, a ser cumplida temporalmente en su domicilio, bajo custodia policial, en la causa seguida por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVA.....