Por los hechos y fundamentos legales antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 341 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1) INADMISIBLE la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por el abogado en ejercicio JOSÉ ALDANA, actuando como apoderado judicial de la ciudadana JHAIDERLYN VIRGINIA LABARCA BRICEÑO, ambos plenamente identificados.
2) No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.