declara:
a) CON LUGAR la demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana MARIEL MARXELL MORLES NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 13.841.598, en contra del ciudadano EDGAR GREGG FERMIN MAESTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 14.009.381, a favor de la niña MISHELLE MARXELL FERMIN MORLES, ya identificada. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo a las necesidades de la niña de autos, y la capacidad económica de las partes, fija como pensión de Obligación de Manutención mensual la cantidad equivalente al (33,33 %) del salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de UN MIL SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. 1.064, 25), lo que quiere decir que la cantidad a pagar por el ciudadano EDGAR GREGG FERMIN MAESTRE, es de.....