DECLARAR en estado de ejecución la Sentencia Definitiva N° 05, de fecha veintiséis (26) de febrero de 2018, en la cual se acordó CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil Venezolano y en el mutuo consentimiento tipificado como causal de divorcio, de conformidad con lo establecido en la Sentencia Vinculante N° 693, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 02 de junio de 2015, formulada por los ciudadanos: DAINY ANTONIO BRACHO LINARES y YURINER COROMOTO RINCÓN BALLESTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-13.080.867 y V-14.305.256, en su orden. En consecuencia, queda DISUELTO el matrimonio civil, contraído en fecha veinte (20) de diciembre del año mil novecientos noventa y siete (1997).