Se DECLARA: Primero: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Representación Fiscal en contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en la modalidad de Detención Domiciliaria bajo la modalidad de Caución Personal a favor del ciudadano Leonardo José Contreras Escalante, por el delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal. Segundo: Confirma la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 08 de enero de 2013.