En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus, a los ciudadanos ERNESTO RAÚL PEÑA GONZÁLEZ, LEONARDO JAVIER PEÑA GONZÁLEZ, GERMAN GERARDO PEÑA GONZÁLEZ, BELKIS CELESTE PEÑA ECHEVERRI y MOISES ALEJANDRO PEÑA GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad número V-9.710.802, V-12.308.152, V-9.765.024, V-7.820.310 y V-3.772.208, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJA A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal; asimismo se ordena expedir tres (03) copias certificadas de la presente solicitud, a fin de que le sean entregadas a l.....