En consecuencia por todo lo antes expuesto se acuerda notificar a la Empresa: PROSOL SERVICIOS C.A, con domicilio en la calle 71, entre Avenidas 15-A y 16 Nº 15A-123, Maracaibo, Estado Zulia en la persona de su Gerente: Ciudadana: LILIANNE SANCHEZ, la Empresa PDVSA, en la Ciudad de Barinas, en el sector Campo Móvil o Campo la Mesa, Alto Barinas, en la persona de su Gerente; Ciudadano: FRANCISCO JIMENEZ y el INSTITUTO VENEZOLANO DEL SEGURO SOCIAL en la esquina de Altagracia, Edf. Sede IVSS, Parroquia Altagracia, Caracas en la persona del Teniente Coronel: JESUS ROTONDARO. En consecuencia, visto que existía un llamado a la Audiencia Preliminar, se suspende la celebración de la misma, y de igual manera se ordena la notificación del Procurador General de la Republica de conformidad con lo establecido en el articulo 94 de la Ley procuraduría General a los fines de ponerlo en conocimiento de la solicitud interpuesta por cuanto una de las demandadas solidarias es la Empresa PDVSA y el.....