Decreta para los Adolescentes Imputados NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA Y NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA, la Medida Cautelar establecida en el Artículo 582 literal "b" y "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, literal "b" relativo a la obligación de someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal y literal "c" relativa a la obligación de presentarse los imputados Adolescentes NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA Y NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA, junto con su representante legal, por ante la oficina de presentación de imputados, ubicada en el departamento del alguacilazgo, planta baja del poder judicial los días Jueves de cada Semana, comenzando su presentación el día Jueves, 23 de Julio del 2009, medidas estas que se decretan a los fines de garantizar la comparecencia del adolescente antes mencionado a la audiencia preliminar y demás actos del proceso, por lo que se hace entrega del mismo a su representante legal.