Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos MARBELIS JOSEFINA MEDINA COLINA y RAFAEL ANTONIO GENTILE CÓRDOVA, ambos venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-12.330.979 y V-6.805.701 respectivamente, domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia; asistidos por la abogada en ejercicio IDA DOS SANTOS, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 20.506, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día treinta y uno (31) de Marzo del año mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante la Prefectura Civil del Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia, dejándose expresa constancia q.....