Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos VIVIANA DEL VALLE QUEVEDO ARRIETA y PABLO JOSÉ MUÑOZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.188.036 y V-15.915.771, respectivamente, domiciliados en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la Abogada VERONICA LÓPEZ ARAMBULET, con Inpreabogado Nº 84.321 y con igual domicilio; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 08 de marzo de 2008, por ante el Registrador Civil Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Cabimas del Estado Zulia. Ofíciese a los organismos respectivos de esta decisión.
Según manifestación expresa de los cónyuge.....