DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional incoada por la empresa FERRETODO PLUS BARINAS C.A, antes identificado, contra el acto administrativo de fecha 24 de abril de 2015 que ordena el reenganche de la ciudadana Naida Angulo Acevedo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los tres (9) días del mes de noviembre de dos mil quince. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Enaydy Cordero Colmenares
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