este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUIDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECLARA suficiente los derechos que tiene el ciudadano EDER ALEXANDER PIÑA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 18.873.319, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano LUIS ANGEL PIÑA QUIÑONEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 3.383.967, y falleció Ab-intestato el día diecisiete (17) de junio de 2017, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquira del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Déjese a salvo los derechos de terceros. ASI SE DECIDE.