DECISIÓN
Este Tribunal de Control N° 05, por todas las razones anteriormente expuestas, habiendo verificado la voluntad de las partes de suscribir un acuerdo reparatorio y la procedencia del mismo en razón del delito de que se trata, PRIMERO: Aprueba la realización de un Acuerdo Reparatorio entre los ciudadanos PAREDES JUAN FRANCISCO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.911.966, de 25 años de edad, nacido en fecha 14-07-1982, hijo de Miriam paredes y Gerardo Regalado, ocupación Pintor de Tatuajes y Fachadas, natural de Caracas, Distrito Capital, residenciado en la Urbanización Bella Vista, Carrera 05, Casa N° 20-72, a dos cuadras de la Iglesia Católica, Barinitas, Estado Barinas y Yomer José Superlano Torres, titular de la cedula de identidad numero 18.907.918, la cual consistirá en la entrega por parte del acusado a la victima de la cantidad de Dos Millones Cien Mil Bolívares ( Dos mil cien Bolívares Fuertes),condición esta que deberá ser cumplida en un lapso no.....