Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de declinatoria de la competencia subjetiva solicitada por el Abog. FREDDY FERRER actuando con el carácter de Defensor de los acusados LEOVINSON DE JESUS URDANETA URDANETA ORLANDO SEGUNDO PARRA y ROBERTO ENRIQUE URDANETA URDANETA, en la causa signada con el N° 10M-44-03, por la presunta comisión del delito de COMPLICIDAD CORRESPECTIVA EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO. Librense la notificaciones y oficios correspondientes.