Por los fundamentos antes analizados este JUZGADO DECIMO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RECHAZA al ciudadano TAIRON JOSÉ TORRES VALENCIA como idóneo para constituirse en fiador, por no llenar los requisitos exigidos en el articulo 258 Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese las respectivas boletas de notificación. Regístrese.-.