Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia, por Autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el profesional del derecho FELIX GUERRA MEDINA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil demandada IMPRESOS DE CALIDAD C.A. en contra de la decisión de fecha 13 de mayo de 2008, y publicada en fecha 20 de mayo de 2008 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, 2) SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE QUE EL TRIBUNAL DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, QUE POR DISTRIBUCIÓN CORRESPONDA CONOCER, FIJE DIA Y HORA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA PRIMIGENIA AUDIENCIA PRELIMINAR, SIN NECESIDAD DE NOTIFICAR A LAS PARTES PUES LAS MISMAS SE ENCUENTRAN A DERECHO.