El Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, constituido como Tribunal Unipersonal, Declara INCULPABLES, y en consecuencia, ABSUELVE a los ciudadanos NOE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolano, natural de Sinamaica, Estado Zulia, nacido el 28-02-1.977, de 31 años de edad, hijo de Luz Marina Rodríguez, domiciliado en los Puertos de Altagracia, Barrio El Mamón II, detrás de la empresa AGA, Municipio Miranda del Estado Zulia y CAMILO TRIANA RODRIGUEZ, venezolano por naturalización, nacido en Colombia, de 24 años de edad, hijo de Fernando Triana y Luz Marina Rodríguez, residenciado en Los Puertos de Altagracia, Barrio Guarico, frente a la playa, frente a la casa La Perla, Municipio Miranda del Estado Zulia, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal, .....