Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho YARELITZA CH. BADELL, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia definitiva dictada de fecha 12 de mayo de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) CON LUGAR la defensa de PRESCRIPCION DE LA ACCION opuesta por la parte demandada sociedad mercantil LATINOAMERICANA DE LA CONSTRUCCION C.A. (LATICON), a la parte demandante ciudadano FREDDY RAMIREZ, (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales). 3) SIN LUGAR la demanda que por RECLAMO DE LA APLICACIÓN DE LA CLAUSULA 69, ORDINAL 11º DEL CONTRATO COLECTIVO PETROLERO,