se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de JOSE JAVIER ESPINOZA, por la comisión del delito de LESIONES GENERICAS, cometido en perjuicio de LUIS VERA SANCHEZ, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Articulo 48 Ordinal 8° Ejusdem.